Familias que acogen con afecto
Buscamos familias afectuosas, responsables y dispuestas a acoger en su hogar, de forma voluntaria, a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en un proceso de restablecimiento de derechos.
Hogar Sustituto
Modalidad de atención para la ubicación del niño, niña o adolescente en una familia. Su misión: brindarles el cuidado y atención necesario en sustitución de la familia de origen.
Si quieres hacer parte del programa de Hogares Sustitutos diligencia el formulario “quiero ser hogar sustituto” y recibe más información.
Quiero ser Hogar Sustituto
- Más información
- (604) 590 44 65 ext 201
Requisitos
- Edad: entre 23 y 55 años.
- Escolaridad: a partir de noveno grado aprobado y certificado.
- Buenas condiciones de salud física certificada de los miembros de la familia.
- Disponibilidad de tiempo de la madre 24/7.
- Motivación de todo el grupo familiar.
- En la vivienda donde funciona el Hogar Sustituto no debe existir otro programa del ICBF.
- No deberán convivir personas ajenas al grupo familiar o terceros en calidad de arriendo (inquilinato).
- No deberán funcionar negocios que puedan afectar la salud de los niños, niñas y adolescentes (talleres de pintura, mecánica, máquinas especiales), a menos que se encuentren completamente aislados de la vivienda.
- Disponibilidad de espacio para los niños, niñas y adolescentes.
- No tener antecedentes judiciales ni procesos penales en curso. Aplica para la persona postulante y su grupo familiar.
Beneficios
- Beca: $908.526 (incentivo económico que reciben las madres como forma de reconocimiento a su labor por el cuidado de los niños y niñas).
- Beneficio de subsidio en el aporte al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para madres y padres sustitutos.
- Beneficio de subsidio en el aporte a la pensión para madres y padres sustitutos.
- Beneficio de reconocimiento de Cálculo Actuarial para madres y padres sustitutos que no pudieron cotizar a una pensión. Podrá beneficiarse del pago del cálculo actuarial, a fin de completar las semanas requeridas para acceder a la pensión.
- Beneficio de subsidio en tarifas de servicios públicos domiciliarios.
- Beneficio del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).
- Subsidio Pensional vitalicio para ex madres y ex padres sustitutos, según lo establecido en el Artículo 215 de la Ley 1955 de 20191, reglamentado por el Decreto 1173 de 20202.
- Listado Censal por acceso al Subsidio Pensional vitalicio.
Hogar de Paso
Es una modalidad de protección inmediata y transitoria en la que la familia abre las puertas de su hogar por un periodo corto de tiempo a niños y niñas a quienes se les han vulnerado sus derechos. Su misión: acogerles con amor y brindarles apoyo, respeto y tranquilidad mientras se define su situación legal.
La familia cuenta con apoyo económico para el sostenimiento del niño o niña en el hogar.
- Más información
- (604) 296 47 70 ext 111
- Correo: familiasdepaso@cafereal.com
Requisitos
- Edad: entre 25 a 57 años.
- Escolaridad: a partir de noveno grado aprobado y certificado o capacitaciones o cursos que lo habilitan para atender niños, niñas y adolescentes.
- Certificación médica de buenas condiciones de salud física y mental por parte de los integrantes de la familia.
- Ninguno de los miembros del hogar debe tener antecedentes (Policía, Contraloría, Procuraduría, ni medidas correctivas).
- Disponibilidad de tiempo completo.
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- Experiencia en crianza o trabajo con niños, niñas o adolescentes. La falta de experiencia no es criterio excluyente, pero se dará prelación a quienes la tengan.
- Dos (2) referencias personales o familiares.
- Constancia de residencia no inferior a dos años en el municipio de residencia.
- Certificaciones de trabajo o constancias de la actividad laboral desempeñada por el cónyuge, compañero(a) o del proveedor(a) económico del grupo familiar.
- Afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud de la familia.
- Carnet de vacunas completo para los miembros menores de 18 años de la familia.